¿Cómo presentar el informe técnico por correo electrónico?

Resulta de mucha ayuda en la actualidad saber cómo presentar un correo electrónico como prueba en un procedimiento judicial, sin embagro, hay que acotar que esto también sirve para que se puedan realizar cualquier tipo de informe técnico que también tiene una gran verasidad.

Vamos a empezar

Podríamos definir documento electrónico lo que se establece en el art. 3.5 de la Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de firma electrónica:

«Se considera documento electrónico la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado».

Según esta definición, los correos electrónicos, las imágenes, videos, textos, bases de datos y otros archivos presentados serán calificados con la condición de documentos electrónicos y por lo tanto, el abogado encargado del caso deberá tener presente contar con la fuerza probatoria de los mismos que pueda sustentarse en las periciales llevadas a cabo por un Perito Informático preferiblemente Colegiado, pero… ¿Por qué?

La respuesta a esta pregunta, que puede extenderse a prácticamente cualquier prueba electrónica, presentada impresa y/o soporte digital, tiene dos posibles variantes:

  • Si nadie impugna la prueba no hay ningún problema, pues la ley establece que se debe admitir y valorar su contenido. El problema de esta situación es que dejamos al azar o mejor dicho a la profesionalidad del otro abogado (fácil de impugnar, por cierto) el futuro incierto de la resolución favorable del caso, mas bien lo normal será que no sea favorable…
  • Si hay impugnación, que por otro lado sería lo normal, el procedimiento se complica pues deberíamos demostrar la autenticidad de la prueba presentada y si tal y como hemos citado anteriormente lo presentado es un correo electrónico impreso con o sin sello notarial y /o soporte digital que lo contiene, un contra peritaje realizado por un profesional, invalidará esta prueba, pues como veremos a continuación un correo electrónico en estos formatos es muy fácil de manipular y solamente un Informe Pericial presentado por un Perito Informático cualificado y preferiblemente Colegiado, será lo único que tendrá validez en este caso a efectos judiciales .
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Sigamos avanzando

Un correo electrónico, simplificando mucho nuestra definición, es un archivo de texto almacenado, bien en nuestro servidor de correo o en nuestro ordenador, al que accedemos a través de un cliente de correo que elijamos.

Prácticamente todos los mensajes de correo electrónico escritos por personas en Internet y una proporción considerable de estos mensajes generados automáticamente son transmitidos en formato MIME a través de SMTP. Los mensajes de correo electrónico en Internet están tan cercanamente asociados con el SMTP y MIME que usualmente se les llama mensaje SMTP/MIME.»

Podemos responder

Por lo tanto un correo electrónico, desde el punto de vista técnico o informático, resulta tener una estructura y complejidad muy sencilla y por lo tanto resulta fácilmente manipulable como veremos en la siguiente parte del artículo (Manipulación), pero antes ya podemos dar respuesta a la pregunta que inicia este artículo:

¿Es válida, o mejor dicho aún, es recomendable este tipo de presentación de los correos electrónicos como elementos probatorios?

La respuesta es NO.

Para que una prueba sea tenida en cuenta en un proceso judicial a la hora de la sentencia, su autenticidad e integridad debe ser clara y manifiesta. Aportar correos electrónicos impresos con o sin soporte digital que los contenga no aporta ninguna de las dos propiedades anteriores, pues como se demostrará a continuación son muy fácilmente manipulables. Se puede falsificar el correo en soporte digital para posteriormente imprimirlo y no se podría apreciar si ha habido o no manipulación del mismo. Además, un sello notarial en el documento impreso no aporta nada, pues que un notario de fe de lo que aparece impreso en el papel, no significa que lo que está viendo sea auténtico e integro.

Por lo tanto, salvo que haya un Informe Pericial de un Perito Informático que aporte luz sobre la veracidad e integridad de dicho correo electrónico, será muy fácil presentar una contra pericial que demuestre que no sirve para nada esta prueba presentada con este formato.

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Manipulación

En esta penúltima parte del artículo y a modo de anexo del mismo y sin entrar en tecnicismos engorrosos, vamos a ver lo fácil que resulta manipular un correo electrónico en soporte digital e imprimir dicha manipulación.

1. Tomamos como ejemplo un correo enviado por mi al correo info@jdgperitajesinformaticos.es

2. Eligiendo la Opción de «Mostrar el original» u opción similar dependiendo del cliente de correo que utilicemos, aparecerá una pantalla similar a la siguiente

3. Copiamos el texto que aparece, por ejemplo, con el botón «Copiar en el portapapeles» o por el método tradicional de «Copiar y Pegar» y creamos un fichero desde un editor de texto plano (por ejemplo Bloc de Notas de Windows) y lo llamamos «original_msg.eml» (el nombre no importa, lo importante es la extensión que debe ser .eml para ser tratado como un fichero que corresponde a un correo electrónico). Tendríamos algo similar a lo mostrado a continuación

4. Si este fichero lo abrimos desde un cliente de correo (en mi caso he utilizado el visor de correos de Windows 10, pero podría ser cualquiera tipo Outlook o similar), podríamos observar nuestro correo e imprimirlo tal y como se muestra a continuación

5. Pero, si simplemente, modificamos el fichero «original_msg.eml», según nos interese para mostrar una falsificación de dicho correo, como hemos hecho en el paso siguiente, y lo renombramos como «falsificado_msg.eml», por ejemplo, quedaría tal y como se ve en la captura de pantalla expuesta a continuación

6. Y repetimos la misma operación que hemos realizado anteriormente abriendo este nuevo fichero con nuestro cliente de correo. Con ello tendríamos una situación como la que se muestra

7. Ahora podemos imprimir este correo y se mostraría el aspecto del folio de la primera fotografía de este artículo.

Conclusiones

  • Disponemos de un soporte en papel con apariencia de correo electrónico válido.
  • Disponemos del mimo también en soporte electrónico.
  • En ambos casos no se puede demostrar que haya habido falsificación.
  • Si un notario da fe que la impresión se corresponde con el fichero en formato digital, pues tendríamos un sello notarial que no aportaría tampoco validez sino a la propia falsificación.
  • Además, esto sería muy fácil, si disponemos de un dominio propio, subirlo al servidor y así dejaríamos constancia incluso en nuestro servidor de correo (en nuestras propios servidores o en nuestro hosting) de la «validez» de este correo sin que muchas veces sea demostrable que ha habido falsificación en dicho proceso (pues realmente debería existir una verificación con DKIM, SPF y DMARC que a día de hoy no suelen ser realizadas por la mayoría de los servidores de correo).
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